Sí, una parte de los gastos relacionados con el au pair, como el dinero de bolsillo, el alojamiento y la manutención conforme a los valores oficiales de las retribuciones en especie, la comisión de intermediación de la agencia, los gastos de viaje y el seguro, puede desgravarse como gastos de cuidado infantil y servicios relacionados con el hogar.
Si el menor atendido tiene menos de 14 años, podéis desgravar hasta el 80% de los gastos, sobre un importe máximo de 6.000 euros. Esto supone una deducción de hasta 4.800 euros al año.
Si el au pair también realiza tareas domésticas, podéis desgravar el 20% de un importe de hasta 20.000 euros, con una deducción máxima de 4.000 euros.
Lo más recomendable es indicar en el contrato del au pair el porcentaje correspondiente a cada tipo de actividad. De este modo, podréis presentar ante la agencia tributaria un justificante de la información declarada.